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Impuestos anuales de una casa en Mallorca si no eres residente: modelo 210, IBI y calendario

Modelo 210, IBI, basuras y patrimonio: qué paga cada año el propietario no residente de una casa en Mallorca, cuánto y cuándo. Con ejemplos y plazos.

Impuestos anuales de una casa en Mallorca si no eres residente: modelo 210, IBI y calendario
En este artículo

Si tienes una casa en Mallorca y no eres residente fiscal en España, cada año tendrás que pagar, como mínimo, dos impuestos: el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (modelo 210), aunque no alquiles la vivienda, y el IBI del ayuntamiento. Además suele haber una tasa municipal de basuras y, solo en patrimonios muy altos, el Impuesto sobre el Patrimonio. En esta guía te explicamos qué es cada uno, cómo se calcula y cuándo se paga, con los cambios que entran en vigor a partir de las rentas de 2026.

Es una de las preguntas que más nos hacen nuestros clientes alemanes después de la firma: «¿Y ahora qué tengo que pagar cada año?». La buena noticia es que, para una vivienda de uso propio, las cantidades suelen ser moderadas. La mala, que el modelo 210 se olvida con facilidad y las sanciones llegan años después.

¿Quién es «no residente» a efectos fiscales?

En general, eres no residente si pasas menos de 183 días al año en España y el centro de tus intereses económicos está en otro país. Que tengas casa en Mallorca, NIE o una cuenta en un banco español no te convierte en residente. Si vives aquí la mayor parte del año, la situación cambia por completo: tributarías por el IRPF como cualquier residente. Si tienes dudas sobre tu caso, consúltalo con un asesor antes de presentar nada.

Resumen: lo que paga cada año un propietario no residente

Impuesto o tasaQuién lo cobra¿Quién lo paga?Cuándo
Renta de no residentes (modelo 210)Agencia TributariaTodos los propietarios no residentes, alquilen o noUna vez al año (ver calendario)
IBIAyuntamientoQuien sea propietario el 1 de eneroUna vez al año, en el periodo que fije el municipio
Tasa de basurasAyuntamientoPropietarios de viviendas del municipioUna vez al año
Impuesto sobre el PatrimonioAgencia TributariaSolo patrimonios elevados en EspañaEntre abril y julio, si corresponde

1. Modelo 210: el impuesto sobre la renta de no residentes

Es el impuesto que más sorprende. España considera que una vivienda que tienes a tu disposición te genera una renta, aunque no la alquiles. Por eso, cada propietario no residente debe presentar un modelo 210 al año por cada vivienda.

Si la casa es para uso propio (no la alquilas)

Se declara una renta imputada: un porcentaje del valor catastral de la vivienda, sobre el que se aplica el tipo del impuesto.

  • Porcentaje: 1,1 % del valor catastral si el municipio tiene valores catastrales revisados de forma general con efectos desde el 1 de enero de 2012; 2 % en los demás casos.
  • Tipo: 19 % si resides en la Unión Europea, Islandia, Noruega o Liechtenstein; 24 % si resides en otro país, por ejemplo el Reino Unido o Suiza.
  • Sin gastos deducibles: en la renta imputada no se puede restar nada (ni IBI, ni comunidad, ni hipoteca).
  • Por propietario: si la casa es de un matrimonio al 50 %, cada uno presenta su propio modelo 210 por su mitad.

El valor catastral aparece en el recibo del IBI. Para saber qué porcentaje te corresponde, la Sede Electrónica del Catastro indica el año de la última valoración colectiva de cada municipio.

Ejemplo. Vivienda con un valor catastral de 150.000 €, propiedad de una persona residente en Alemania:

ConceptoCon el 2 %Con el 1,1 %
Renta imputada3.000 €1.650 €
Impuesto (19 %)570 €313,50 €
Mismo caso con residencia fuera de la UE (24 %)720 €396 €

Si compraste o vendiste durante el año, o alquilaste la casa una parte del año, la renta imputada se calcula en proporción a los días.

Si alquilas la vivienda

Por los periodos alquilados ya no hay renta imputada: se declaran los ingresos reales del alquiler. Si resides en la UE o el EEE, puedes restar los gastos relacionados (IBI, comunidad, seguros, suministros que pagues, intereses de la hipoteca, amortización, comisiones de plataformas) y pagas el 19 % sobre el rendimiento neto. Si resides fuera, tributas al 24 % sobre los ingresos brutos, sin gastos.

Recuerda que en Mallorca el alquiler turístico exige licencia, y no todas las viviendas pueden obtenerla. Lo explicamos en nuestra guía para comprar casa en Mallorca.

Plazos del modelo 210 (cambian a partir de las rentas de 2026)

RentaAño de la rentaPlazo de presentación
Uso propio (renta imputada)2025Hasta el 31 de diciembre de 2026
Uso propio (renta imputada)2026Del 1 de abril al 31 de diciembre de 2027 (domiciliado, hasta el 23 de diciembre)
Alquiler con resultado a ingresar2026Del 1 al 20 de abril de 2027 (domiciliado, hasta el 15 de abril)

Si todavía no has presentado la renta imputada de 2025, aún estás a tiempo: el plazo termina el 31 de diciembre de 2026. Los cambios de plazo vienen de la Orden HAC/623/2026. Además, el Real Decreto-ley 29/2026 cambia la forma de calcular la renta imputada a partir de 2027; actualizaremos este artículo cuando se conozca la aplicación definitiva.

2. IBI: el impuesto municipal sobre la vivienda

El Impuesto sobre Bienes Inmuebles lo cobra el ayuntamiento donde está la casa. Se calcula aplicando al valor catastral el tipo que fija cada municipio, así que el importe depende del tipo de inmueble (piso, casa, finca rústica…), de su valor catastral y del pueblo donde esté. Lo paga quien sea propietario el 1 de enero; en una compraventa es habitual repartirlo entre comprador y vendedor en proporción a los días, y conviene dejarlo por escrito.

Nuestro consejo práctico: domicilia el recibo en tu cuenta española. Muchos no residentes no reciben las cartas a tiempo y descubren el recargo cuando ya se ha sumado. Ten en cuenta también que la vivienda responde de los recibos de IBI que queden pendientes, aunque cambie de dueño; por eso, al comprar, siempre comprobamos que estén pagados.

3. Tasa de basuras

La recogida de residuos es una tasa municipal anual, independiente del IBI. Su importe y su forma de cobro dependen de cada ayuntamiento: en algunos llega en un recibo propio y en otros junto a otros tributos. Como con el IBI, lo más cómodo es domiciliarla.

4. Impuesto sobre el Patrimonio: solo para patrimonios altos

Los no residentes tributan por el patrimonio que tienen en España a 31 de diciembre. Con la normativa vigente pueden aplicar la de la comunidad autónoma donde está la mayor parte de ese patrimonio; en Baleares, el mínimo exento es de 3.000.000 € por persona. Por encima de esa cifra entra también en juego el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas. Para la gran mayoría de nuestros clientes no hay nada que pagar, pero si tu patrimonio en España es alto, revísalo con un asesor fiscal.

¿Y en mi país?

España grava los inmuebles situados en España, pero tu país de residencia puede pedirte que los declares también. Los convenios para evitar la doble imposición (por ejemplo, el de España y Alemania) regulan cómo se reparte. Pregúntaselo a tu asesor fiscal en tu país, sobre todo si alquilas la casa.

Errores frecuentes

  1. Pensar que, si no alquilas, no hay que declarar nada. La renta imputada se declara cada año.
  2. Presentar un solo modelo 210 por matrimonio. Cada propietario presenta el suyo.
  3. No domiciliar el IBI ni la tasa de basuras. Las cartas se pierden y llegan los recargos.
  4. Acumular años sin presentar. Hacienda puede reclamar los ejercicios no prescritos con recargos e intereses, y lo detecta con facilidad cuando vendes la casa.

Cómo te ayudamos

En Lighthouse Living no somos asesores fiscales, pero acompañamos a nuestros clientes también después de la compra. Si necesitas una gestoría que presente el modelo 210 cada año en español, alemán o inglés, te ponemos en contacto con profesionales de confianza de la zona. Y si aún estás en fase de compra, empieza por el NIE y por calcular bien los impuestos de la compra.

Si vas a pasar buena parte del año fuera, alguien tiene que ocuparse de la casa: revisiones, limpieza, averías o recibir a técnicos. Para eso tenemos Hausengel, nuestra empresa hermana de mantenimiento y cuidado de viviendas en el sureste de Mallorca.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que presentar el modelo 210 si no alquilo mi casa en Mallorca?

Sí. Los no residentes declaran cada año una renta imputada por la vivienda de uso propio, aunque no obtengan ningún ingreso.

¿Cuánto paga al año un no residente por su casa en Mallorca?

Depende del valor catastral y del municipio. Con un valor catastral de 150.000 € y residencia en la UE, el modelo 210 ronda entre 314 y 570 € al año, a lo que se suman el IBI y la tasa de basuras.

¿Hasta cuándo puedo presentar la renta imputada de 2025?

Hasta el 31 de diciembre de 2026. La de 2026 se presenta del 1 de abril al 31 de diciembre de 2027.

¿Necesito un representante fiscal?

No siempre. Depende de tu país de residencia y de tu situación; tu asesor te dirá si es obligatorio en tu caso.

Este artículo es informativo y está actualizado a octubre de 2026. No sustituye al asesoramiento fiscal profesional.